Fiscalidad específica para músicos y artistas
La actividad artística tiene particularidades fiscales que conviene revisar antes de emitir la primera factura: retenciones en cachés, ingresos de entidades de gestión, derechos de autor, clases, actuaciones y servicios a organizadores. En Clavia dejamos el encuadre claro desde el inicio.
Lo que gestionamos para ti
Cachés y contratos
Gestión de retenciones del 15% en cachés, revisión de contratos con promotores y festivales.
Derechos de autor SGAE / AISGE
Los ingresos de SGAE, AISGE y AIE tienen tratamiento fiscal específico. Tributación correcta de regalías.
Modelos trimestrales
IVA (303), IRPF (130/131), retenciones (111), resúmenes anuales (390, 190). Todo presentado a tiempo.
IVA en servicios culturales
El IVA puede variar según el tipo de servicio, el destinatario y la estructura contractual. Lo revisamos antes de facturar.
Gastos deducibles
Instrumentos, equipos, local de ensayo, vestuario específico, formación, agente. Deducimos todo lo que corresponde.
Ingresos internacionales
Actuaciones en el extranjero, festivales europeos, derechos cobrados de sociedades de gestión extranjeras.
Reducción del 30% en rendimientos irregulares
Si un año cobras de golpe los derechos de una obra que tardaste más de dos años en crear, o recibes una liquidación importante de SGAE por un trabajo anterior, puedes aplicar una reducción del 30% sobre ese importe. Es uno de los beneficios fiscales más desaprovechados por los artistas.
Importante (art. 32.1 LIRPF): la reducción solo aplica si los rendimientos se han generado en un período superior a dos años y no se obtienen de forma periódica o recurrente. Conviene revisar cada caso antes de aplicarla.
¿Cuándo aplica?
Aplica a: cobros puntuales por cesión de derechos de una obra concreta, cachés extraordinarios por una actuación especial, premios artísticos, ingresos por la venta de obra original.
Alta en Hacienda para artistas autónomos
El epígrafe del IAE correcto marca la diferencia en tus obligaciones fiscales. No es lo mismo actuar como intérprete, impartir clases, componer, producir música o prestar servicios técnicos. En Clavia revisamos la actividad real antes de tramitar el alta.
Precaución con la pluriactividad: si además de tu actividad artística tienes otra actividad (docencia, gestión cultural, etc.), puede ser necesario darte de alta en más de un epígrafe. Lo revisamos antes del alta.
Preguntas frecuentes sobre fiscalidad para artistas
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