- 1El Real Decreto 1007/2023 obliga a todos los software de facturación a cumplir requisitos técnicos concretos: hash encadenado, código QR en cada factura e inalterabilidad de registros.
- 2Verifactu es el sistema voluntario de envío en tiempo real de esos registros a la AEAT. El envío es opcional; cumplir el Reglamento, no.
- 3Afecta a todos los autónomos que estén obligados a emitir facturas, salvo los que ya están en el SII (grandes empresas, +6M€ de facturación). La mayoría de autónomos no están en el SII.
- 4Los plazos exactos han sufrido retrasos. Consúltalos siempre en sede.agenciatributaria.gob.es para tener la fecha oficial actualizada.
Qué es Verifactu (y qué no es)
Verifactu y factura electrónica obligatoria son dos conceptos que los medios mezclan constantemente. No son lo mismo. Antes de entrar en materia, conviene separar bien las dos cosas.
El Reglamento Verifactu (Real Decreto 1007/2023) regula cómo deben funcionar los programas informáticos de facturación. Es decir, impone requisitos técnicos al software que usas para emitir facturas — no al formato que ve tu cliente.
Verifactu como sistema de envío es la opción voluntaria dentro de ese Reglamento: las empresas pueden elegir enviar sus registros de facturación a la AEAT en tiempo real (sistema Verifactu) o no enviarlos. Pero aunque no envíen nada a la AEAT, igualmente deben usar un software que cumpla todos los requisitos técnicos del Reglamento.
La factura electrónica B2B, por su parte, es una obligación diferente derivada de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022): obliga a que las facturas entre empresarios y profesionales se emitan en formato electrónico estructurado. Afecta al intercambio de facturas entre empresas, no a cómo funciona internamente tu software.
En resumen: Verifactu afecta a cómo genera facturas tu programa. La factura electrónica B2B afecta al formato en que las envías a otras empresas. Son capas distintas de la misma revolución digital en la fiscalidad española.
Qué dice exactamente la ley
Hay dos normas clave que debes conocer:
Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (conocida como Ley Crea y Crece). Es la ley que establece la obligación de facturación electrónica en las relaciones entre empresarios y profesionales. Fue la primera piedra legislativa del proceso.
Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre. Aprueba el Reglamento que regula los requisitos técnicos que deben cumplir los sistemas y programas informáticos de facturación. Este es el reglamento conocido coloquialmente como "Reglamento Verifactu". Es el que más afecta al día a día de los autónomos porque regula el software que ya usan.
No vamos a inventar artículos ni desarrollos reglamentarios específicos. Si necesitas el texto íntegro de cualquiera de estas normas, puedes consultarlas directamente en el BOE (boe.es).
A quién afecta — y quién está exento
El Reglamento Verifactu aplica a todos los empresarios y profesionales que estén obligados a expedir facturas según el Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012). En la práctica: casi todos los autónomos dados de alta en Hacienda.
Hay una excepción relevante: los obligados al Suministro Inmediato de Información (SII) están excluidos del Reglamento Verifactu. El SII aplica a:
- Empresas con volumen de operaciones superior a 6 millones de euros al año.
- Grandes empresas inscritas en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA).
- Grupos de IVA.
Si eres autónomo con una actividad normal — ya factures 20.000€ o 200.000€ — casi con total seguridad no estás en el SII. Por tanto, Verifactu te afecta.
Los obligados al SII ya envían sus facturas a la AEAT en tiempo real por otro canal. Por eso están exentos de Verifactu: ya cumplen un requisito equivalente o superior. Pero como autónomo, esto no va contigo.
Qué tiene que hacer tu software
El RD 1007/2023 define con precisión qué debe ser capaz de hacer el software de facturación para cumplir el Reglamento. Estos son los requisitos técnicos principales:
- Generar un registro de alta por cada factura emitida. Cada factura produce un registro electrónico estructurado con todos sus datos.
- Encadenamiento mediante hash. Cada registro incluye el hash (huella digital) del registro anterior, formando una cadena inalterable. Si alguien modifica una factura, toda la cadena queda rota — y la AEAT puede detectarlo.
- Código QR en cada factura. El QR contiene los datos de verificación. Cualquier cliente o inspector puede escanearlo y comprobar que la factura es auténtica.
- Inalterabilidad garantizada. Una vez generado el registro, no puede modificarse. Si hay un error, se emite una factura rectificativa — no se edita la original.
- Envío a la AEAT (si se usa Verifactu). Si el sistema elige la opción Verifactu, los registros se envían a la AEAT en tiempo real o por lotes. Los plazos concretos de envío los define una Orden Ministerial posterior.
Lo que queda claro es que este nivel de sofisticación técnica no puede implementarse en una hoja de cálculo ni en un documento de Word.
El software que usas ahora probablemente no cumple
Esta es la parte que más afecta a los autónomos en la práctica. Muchos facturan hoy con herramientas que no podrán cumplir los requisitos del Reglamento por diseño:
- Excel o Google Sheets: no pueden generar hashes encadenados ni garantizar inalterabilidad. No válido.
- Plantillas Word o PDF: lo mismo. Son documentos editables sin trazabilidad. No válido.
- Facturas creadas "a mano" en cualquier editor: mismo problema estructural.
Los programas de facturación especializados (Holded, Quipu, Billin, Contasimple, Sage, etc.) ya están en proceso de adaptación o han anunciado que lo estarán antes de la fecha límite. Pero Clavia no puede confirmar ni descartar el cumplimiento de ningún software concreto — eso debes consultarlo directamente con tu proveedor.
La clave es simple: si tu herramienta actual no puede generar hashes encadenados y QRs verificables, necesitarás cambiar. Y conviene hacerlo con tiempo, no el último día.
Estado actual: ¿cuándo es obligatorio?
Aquí toca ser honestos: los plazos han sufrido retrasos.
El RD 1007/2023 fijó unos plazos iniciales de implementación. Después, la Orden Ministerial que debía definir las especificaciones técnicas definitivas y los plazos concretos fue retrasándose sucesivamente. A fecha de publicación de este artículo (abril de 2026), el proceso técnico y normativo sigue en marcha.
Dar aquí una fecha concreta sería irresponsable: podría estar desactualizada en semanas. Lo que sí podemos decir es:
- La obligación existe y es firme — no hay marcha atrás legislativa.
- Habrá un plazo de adaptación desde que se publique la Orden Ministerial definitiva.
- Conviene no esperar al último momento para actualizar el software.
Para la fecha oficial actualizada, la fuente es una sola: sede.agenciatributaria.gob.es. Cualquier otra fuente, incluida esta, puede estar desfasada.
Qué hacer ahora (sin precipitarse)
El error más habitual ante este tipo de cambios es el extremo: o ignorarlo por completo o hacer cambios precipitados antes de tener información suficiente. La postura razonable está en medio.
-
1
Identifica qué software usas para facturar ahora mismo. ¿Excel, Word, una plantilla PDF, un programa especializado? Anótalo.
-
2
Si usas un programa de facturación, contacta con tu proveedor. Pregúntales directamente: "¿Estáis adaptados al Reglamento Verifactu (RD 1007/2023)? ¿Cuándo?" Si no saben de qué les hablas, es una señal.
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3
Si facturas con Excel, Word o PDF genérico, empieza a valorar alternativas. No hace falta cambiar hoy, pero sí empezar a comparar opciones. Busca programas que ya hayan anunciado adaptación a Verifactu.
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4
Consulta la fecha oficial en la AEAT. Entra en sede.agenciatributaria.gob.es y busca "Verifactu" para ver el estado actualizado de los plazos.
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5
No cambies de software a ciegas. Antes de migrar a un programa nuevo, verifica que está adaptado al Reglamento. No des por sentado que cualquier programa de pago cumple — pregunta explícitamente.
¿Adaptarse pronto o esperar?
- Tiempo para aprender el nuevo software sin presión
- Evitas el colapso de soporte técnico cerca de la fecha límite
- Puedes evaluar varias opciones con calma y elegir la que más te conviene
- Sin riesgo de sanciones por incumplimiento por despiste
- Riesgo de quedarte sin opción homologada disponible en tu sector
- Los proveedores de software tendrán picos de demanda y soporte saturado
- Si el cambio implica migrar datos históricos, hacerlo rápido es más propenso a errores
- Posibles sanciones si la fecha te pilla desprevenido
Preguntas frecuentes sobre Verifactu
Tu gestoría ya está al tanto de Verifactu
En Clavia seguimos todos los cambios normativos para que tú no tengas que hacerlo. Gestionamos el IVA, IRPF y la Renta de autónomos desde 39€/mes (IVA incl.). Si tienes dudas sobre cómo te afecta todo esto, hablamos.
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