× Cómo funciona Precios Por qué Clavia Blog Empezar ahora →
Blog — IVA
IVA · Novedades 2026

IVA Franquiciado para autónomos: qué es, cuándo llega y a quién afecta

La Unión Europea permite simplificar el IVA de pequeñas empresas, pero eso no significa que los autónomos españoles puedan dejar de repercutirlo ya. Separamos la norma europea de las obligaciones vigentes en España.

Juan Redondo · Fuentes y revisión · Actualizado 20 junio 2026 · 8 min lectura
Estado a 20 junio 2026 La Ley española del IVA todavía no incorpora un régimen nacional general de franquicia para pequeños autónomos. No existe un trámite para acogerse ni puede dejarse de repercutir IVA por estar por debajo de 85.000 €.
Resumen rápido

Qué es el IVA franquiciado

La franquicia del IVA es un régimen previsto por la normativa europea para que determinados pequeños empresarios puedan quedar exentos de repercutir IVA, dentro de los límites y condiciones aprobados por cada Estado miembro.

Si España aprobara un régimen nacional, podría implicar para quienes cumplieran sus requisitos:

Los umbrales y condiciones varían entre países. No deben trasladarse a España las reglas de Francia, Alemania u otro Estado, porque cada legislación nacional configura su propio régimen.

De dónde sale: la Directiva europea 2020/285

La Directiva (UE) 2020/285 del Consejo, de 18 de febrero de 2020, modificó el sistema común del IVA para establecer un régimen especial de franquicia para pequeñas empresas. Los estados miembros debían transponerla antes del 1 de enero de 2025.

La Directiva debía incorporarse a los ordenamientos nacionales para su aplicación desde 2025. Sin embargo, la existencia de la Directiva no permite por sí sola que un autónomo español deje de aplicar la Ley 37/1992 del IVA: hace falta una regulación nacional operativa.

Una iniciativa política no modifica el IVA

Las proposiciones no de ley, declaraciones políticas y anuncios públicos pueden impulsar una reforma, pero no sustituyen una ley publicada. Para un autónomo, la referencia operativa debe ser la normativa española vigente y los procedimientos habilitados por la AEAT.

Atención: una proposición no de ley NO es una ley

Una proposición no de ley es un acto parlamentario que insta al Gobierno a actuar, pero no tiene carácter vinculante. Es decir, el Congreso le dice al Gobierno "haz esto", pero el Gobierno no está legalmente obligado a hacerlo. Es un mandato político, no jurídico.

Estado operativo a 20 de junio de 2026:

La conclusión práctica es sencilla: todavía no puedes acogerte a una franquicia general del IVA en España por el mero hecho de facturar menos de 85.000 €.

Qué aspectos tendrá que definir España

Antes de evaluar quién podría beneficiarse, la norma española tendrá que concretar al menos:

Efectos habituales de una franquicia de IVA

Sin una norma española definitiva, solo pueden explicarse efectos generales del modelo europeo. El resultado individual dependerá de cómo se transponga y de la actividad concreta.

Ventajas
  • No repercutes IVA en las operaciones cubiertas por el régimen, lo que puede reducir el precio final en operaciones con particulares
  • Eliminas las declaraciones trimestrales (Mod. 303) y el resumen anual (Mod. 390)
  • Menos carga administrativa, menos errores, menos sanciones por retrasos
  • Simplificación contable significativa
Inconvenientes
  • Pierdes la deducción del IVA soportado — el IVA de tus compras, herramientas y gastos no lo recuperas
  • Límite estricto de facturación — si te acercas al techo, puede no convenir
  • Si vendes a empresas (B2B), la ventaja comercial suele ser menor porque el cliente normalmente deduce el IVA soportado
  • Posible exclusión de determinados sectores o actividades (aún por definir)

Cuándo NO te conviene acogerte

El IVA franquiciado no es para todos. Hay situaciones donde quedarte en el régimen general de IVA es mejor decisión:

Cuándo SÍ te conviene

Ejemplo meramente ilustrativo

Este ejemplo explica la lógica económica de una franquicia, pero no reproduce un régimen español vigente. María es diseñadora freelance y factura 42.000€ al año a particulares y pequeñas empresas. Sus gastos con IVA suman 3.600€ anuales, con 756€ de IVA soportado.

Sin IVA franquiciado (ahora):

Con IVA franquiciado:

El resultado dependería de si María mantiene su precio final o traslada el ahorro al cliente, de sus inversiones y de las reglas que apruebe España. No puede concluirse automáticamente que sus precios bajarían un 21% ni que el régimen le resultaría favorable.

Si quieres saber exactamente cuánto IVA soportado tienes y si te compensa el franquiciado, empieza por calcular bien tus gastos deducibles.

Si facturara principalmente a empresas o soportara mucho IVA en inversiones, el régimen general podría resultar más conveniente. La comparación exige cifras reales, no una regla universal.

Cuándo entrará en vigor

No hay fecha oficial. Lo que sabemos:

No es riguroso anticipar un semestre o ejercicio concreto. La fecha solo podrá confirmarse cuando exista una norma publicada con su correspondiente régimen transitorio y entrada en vigor.

¿Qué tiene que pasar antes de que salga en el BOE?

Para que el IVA franquiciado sea efectivo, el Gobierno tiene que completar estos pasos en este orden:

  1. Redactar el texto normativo (Real Decreto-ley o Ley Ordinaria con tramitación parlamentaria).
  2. Aprobarlo en Consejo de Ministros y enviarlo al Congreso si es ley ordinaria (o publicarlo directamente si es Decreto-ley, con posterior convalidación).
  3. Publicarlo en el BOE — solo en ese momento es derecho vigente.
  4. Período de vacatio legis — tiempo entre la publicación y la entrada en vigor efectiva para que la AEAT adapte sus sistemas.

La comprobación relevante debe hacerse en la Ley 37/1992, en las normas que la modifiquen y en la información operativa de la AEAT. Actualizaremos esta guía cuando exista una regulación española aplicable.

Qué puedes hacer ahora

Aunque no puedes acogerte todavía, sí puedes prepararte:

  1. Calcula tu IVA soportado anual. Cuanto más IVA soportas en gastos e inversiones, mayor puede ser el coste de perder el derecho a deducirlo.
  2. Analiza tu tipo de cliente. Si facturas a particulares, el beneficio es claro. Si facturas a empresas, valora el impacto.
  3. Revisa tu facturación anual. Servirá para comparar tu situación con el umbral que finalmente apruebe España.
  4. No hagas nada precipitado. Algunos asesores ya ofrecen "preparar el cambio al IVA franquiciado". No hay nada que preparar hasta que se publique la normativa definitiva.
  5. Sigue presentando tus modelos trimestrales con normalidad. El régimen actual sigue vigente al 100%.

Preguntas frecuentes sobre el IVA franquiciado

A 20 de junio de 2026 no existe una fecha oficial. Continúan aplicándose las obligaciones actuales hasta que una norma española regule el régimen y establezca su entrada en vigor.
En términos generales, una franquicia puede resultar más atractiva para actividades con clientes particulares y poco IVA soportado. Sin embargo, no puede evaluarse el régimen español hasta conocer su umbral, exclusiones y obligaciones.
Actualmente no existe ningún trámite español para acogerse. La forma de opción o renuncia dependerá de la futura regulación nacional.
La Directiva europea permite un umbral nacional máximo de 85.000 €, pero España puede establecer uno inferior y definir reglas adicionales. No es todavía un límite español vigente.
La franquicia europea se refiere al IVA. Las obligaciones de IRPF se regulan separadamente y deberán revisarse junto con las reglas formales que finalmente apruebe España.

Fuentes oficiales consultadas

¿Todavía no estás dado de alta? Guía: cómo darte de alta como autónomo en 2026 →

¿Tienes dudas sobre cómo te afecta?

En Clavia gestionamos el IVA, IRPF y la Renta de autónomos desde 39€ + IVA/mes. Si necesitas revisar tus obligaciones vigentes y evitar decisiones basadas en anuncios todavía no aprobados, cuéntanos tu caso.

Recibir propuesta →